CONDICIONES GENERALES DE VENTA (CGV) DE VARO IBÉRICA BRICOLAGE, S.L.
1.GENERALIDADES
Todo pedido implica por pare del comprador la aceptación delas presentes condiciones generales a excepción de los previsto, en su caso, en las condiciones particulares expresamente convenidas por ambas partes.
2.PEDIDOS
Los pedidos deberán cursarse por escrito. Las condiciones de precio serán las especificadas en cada caso en oferta escrita, acepada pro el comprador y vigente.
3.ENTREGA
VARO IBÉRICA BRICOLAGE, S.L. suministrará los pedidos dentro de los plazos convenidos en las condiciones particulares.
4.TRANSPORTE
Los envíos se realizarán por medio de agencia de transporte, a portes pagados, siempre que el importe del pedido supere el mínimo establecido.
5.LUGAR DE PAGO
Sea cual fuere el lugar de entrega de la mercancía, el lugar el lugar de cumplimiento de la obligación de pago será el domicilio del vendedor, sin que ninguna práctica en contra desvirtúe el cumplimiento de esta cláusula.
La mercancía se considerará siempre vendida en el domicilio del vendedor, aún en el caso en que el precio de venta incluya el transporte hasta destino.
6.PRECIO
Los precios son sin IVA. Los pedidos se facturarán según las tarifas vigentes en el momento del suministro, salvo otras condiciones pactadas expresamente por las partes.
7.CONDICIONES DE PAGO
Las condiciones de pago, salvo acuerdo contrario mencionado por escrito en la oferta, son treinta (30) días desde la fecha de factura, mediante cheque, giro bancario o transferencia bancaria.
8.RESERVA DE DOMINIO
Hasta tanto no haya sido pagado el precio total de los productos vendidos, el vendedor conservará la propiedad de las mercancías.
9.INCUMPLIMIENTO
La demora en el pago comportará que el comprador incurra en mora y se devengue automáticamente el cargo de intereses, sin necesidad de aviso de vencimiento ni reclamación alguna.
Asimismo, el vendedor podrá exigir del comprador una indemnización por todos los costes de cobro que haya sufrido como consecuencia de la mora.
El vendedor tendrá derecho a hacer suyas las cantidades percibidas del cliente a cuenta e imputarlas hasta donde alcancen, a la indemnización por daños y perjuicios que se deriven.
10.PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE CRÉDITO
El crédito generado a favor del comprador contra el vendedor con ocasión del a compraventa no podrá ser cedido por el comprador a terceros en garantía de deuda alguna.
11.RECALMACIONES Y DEVOLUCIONES
El comprador deberá comunicar por escrito y de forma fehaciente, la falta de conformidad de las mercancías o la existencia de un defecto aparente de calidad o cantidad, especificando su naturaleza y magnitud, en un plazo de 2 días a partir de la recepción de las mismas. Una vez pasado dicho plazo, ninguna reclamación será aceptada.
Sólo se aceptarán devoluciones realizadas por escrito con identificación de manera precisa de la referencia de los artículos, los defectos destacados por el vendedor. Además identificará, siempre que sea posible, el número de la orden del pedido, albarán de entrega o número de factura.
Los materiales devueltos deben estar en buen estado y en las condiciones de embalaje de origen.
Las recogidas de material defectuoso serán coordinadas y llevadas a cabo por la agencia de transporte del vendedor y a portes pagados.
El vendedor no acepta envíos de devolución de mercancías defectuosos por parte del comprador a portes debidos.
En caso de detectar material en buen estado, en un envío de material defectuoso, se descontará del abono correspondiente (o se facturará cargo al comprador) por el 25% del importe de dicho material, en concepto de gastos de administración, transporte y control de la devolución.
12.GARANTÍA
En el supuesto de que los productos vendidos adolezcan de vicios internos, resultará de aplicación la garantía del fabricante.
El plazo de garantía viene indicado en el embalaje y la documentación anexa al producto.
Cualquier reclamación en garantía deberá ser transmitida al vendedor lo más rápidamente posible y deberá indicarse detalladamente el defecto detectado y acompañar uno de los siguientes documentos: ticket de caja, factura u orden de entrega.
La intervención o manipulación del productos por personal ajeno al vendedor, así como el mal uso dado al mismo, excluyen la aplicación de la garantía.
13.NOTIFICACIONES
Las notificaciones entre las partes tienen que efectuarse por escrito y remitirse a los destinatarios por conducto fehaciente que acredite su contenido y recepción y sufrirán efecto a partir del momento en que sean recibidas por el destinatario. Cualquier modificación deberá ser comunicada fehacientemente a la parte contraria para producir efectos.
14. JURISDISCCIÓN -LEY APLICABLE
La ley aplicable al contrato será la española. En caso de venta internacional, será aplicable el derecho español quedando excluida la Convención de Viena sobre la compraventa internacional de mercancías.
Los firmantes, con renuncia a su fuero propio si lo tuvieran, se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona (España) para que conozcan de cualquier controversia originada de la interpretación o ejecución de ese contrato.